Zona de bajas emisiones: ¡qué no te multen!

En esta entrada de nuestro blog queremos compartir el resumen de un completo informe sobre las Zona de Bajas Emisiones (ZBE) implantada en Barcelona. Este trabajo de nuestra compañera del departamento legal Inmaculada Milla seguro os resultará interesante ya que, no solo es Madrid o Barcelona, sino que parece que está medida va a ser instaurada en muchas más ciudades de España.

Barcelona ya tiene su propio «Madrid Central»

Desde el 1 de enero de 2020, Barcelona tiene su propia Zona de Bajas Emisiones (ZBE). La ciudad condal ha recibido el nuevo año con un área de restricciones que, a diferencia de lo que ocurre en la capital, sólo funciona en horario laboral de lunes a viernes, más concretamente entre las 7:00 y las 20:00 horas, afectando a aquellos vehículos que carecen de etiquetado medioambiental.

Vehículos afectados por la Zona de Bajas Emisiones

Todos los vehículos de las categorías L, M y N (motos, turismos, furgonetas, autobuses, autocares y camiones) que quieran circular por la zona de bajas emisiones han de portar el distintivo ambiental de la DGT, el cual certifica que el vehículo es apto para rodar por esta área restringida sin problemas. Recordamos cuales son:

Etiquetas 0:

  • Vehículos eléctricos con batería (BEV)
  • Vehículos eléctricos con autonomía extendida (REEV)
  • Vehículos eléctricos híbridos enchufables (PHEV) con una autonomía mínima de 40 km
  • Vehículos de pila de combustible

Etiquetas eco:

  • Vehículos híbridos enchufables con autonomía inferior a 40 km
  • Vehículos híbridos no enchufables (HEV)
  • Vehículos propulsados por gas natural
  • Vehículos propulsados por gas natural (GNC y GNL) o gas licuado del petróleo (GLP)

Etiquetas c:

  • Turismos y furgonetas ligeras de gasolina, matriculadas a partir de enero de 2006
  • Turismos y furgonetas ligeras diésel matriculadas a partir de 2014
  • Vehículos de más de 8 plazas y pesados, de gasolina o diésel, matriculados a partir del 2014
  • Los vehículos de gasolina deben cumplir la norma Euro 4, 5 y 6, y los diésel la Euro 6.

Etiquetas B:

  • Turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2000
  • Turismos y furgonetas ligeras diésel matriculadas a partir de enero de 2006
  • Vehículos de más de 8 plazas y pesados, de gasolina o diésel, matriculados a partir del 2005
  • Los vehículos de gasolina deben cumplir la norma Euro 3, y los diésel, la Euro 4 y 5

Los vehículos profesionales (furgonetas, autobuses, autocares y camiones) contarán con una moratoria de un año, así como los coches de personas con movilidad reducida, servicios de emergencia (policía, bomberos y ambulancias) y servicios municipales esenciales (médico y funerario), que contarán con una exención permanente. Tendrán prohibido circular por la zona aquellos coches que no cuenten con alguno de los distintivos ambientales y, por tanto, porten motores de gasolina que no cumplan la norma Euro 3 (anteriores al año 2000), al igual que las motorizaciones diésel que no cumplan con el estándar Euro 4 (anteriores al año 2006).

 Primero, cartas informativas. Y a partir de abril, multas

Los primeros tres meses no habrá multas a los conductores afectados por el veto que se salten la prohibición. Se mandarán cartas informativas a los que circulen por la zona de bajas emisiones sin poder hacerlo. Si se incumple la prohibición de manera reiterada una vez recibido el aviso, podría acabar siendo sancionado antes del 1 de abril, cuando las sanciones se generalizarán a todos los conductores que no cumplan las restricciones.

Sanciones

 El consistorio barcelonés aplicará, desde el 1 de abril de 2020, diferentes sanciones que variarán en función de su gravedad, con cantidades que oscilarán entre los 200 y los 1.800 euros, en función del tipo de vehículo y de la gravedad del incumplimiento y con incrementos del 30% por reincidencia, según la propuesta de ordenanza.

Las multas que podrán ser:

  • Leves- 200 a 499 euros.
  • Graves- 500 a 999 euros.
  • Muy graves de hasta 1.803 euros para los reincidentes.

Gesthispania

 Desde Gesthispania proporcionamos a las empresas un servicio integral, flexible y transparente de gestión de multas de tráfico, que permite tener a las empresas garantía del tratamiento de sus sanciones con muchos beneficios para las mismas.

  • Transparencia y control del proceso con configuración automática de reportes.
  • Organización por departamentos y/o grupos e históricos de gestión
  • Gestor de cuentas y personal legal y técnico especializado
  • Colaboración con la administración para garantizar la gestión más eficiente.

Pero estos y otros temas serán temas a tratar en próximas entradas en nuestro blog.

¡Muchas gracias Inmaculada por este gran trabajo!

Y como siempre, ¡gracias por compartir!

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